– Solicitud de licencia de apertura de ganadería en extensivo.– La solicitud debe hacerse previo a la utilización de los terrenos para la actividad.
– Cualquier persona física o jurídica.
– Tasas según la ordenanza fiscal publicada en el BON.
– Solicitud de licencia de apertura cumplimentada (documento adjunto).– Fotocopia del DNI.– Nº de polígono y parcela en la que se pretende desarrollar la actividad, así como justificante de propiedad o alquiler de la misma
– NOTA:– Según art. 5.6 del DF 76/2006, las instalaciones al aire libre se limitarán para las nuevas instalaciones a un número máximo de cabezas equivalente a 4 UGM / Ha.
– Plazo de resolución: 2 meses desde que se presenta la documentación completa en el Registro.– Silencio Administrativo: positivo.– Órgano de resolución: Alcaldía o Concejal Delegado del Área.
– NORMATIVA:– Decreto Foral 76/2006, de 6 de noviembre, por el que se modifica el Decreto Foral 148/2003, de 23 de junio, por el que se establecen las condiciones técnicas ambientales de las instalaciones ganaderas en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, en relación a la gestión de residuos y al artículo 11 del mismo.– DF 76/2006, artículo 5.6 (las instalaciones al aire libre se limitarán para las nuevas instalaciones a un número máximo de cabezas equivalente a 4 UGM/Ha).